La situación provocada por el coronavirus ha dificultado el pago la vivienda para muchas personas que se encuentran en régimen de alquiler. Por ese motivo, el Gobierno de Aragón puso en marcha nuevas medidas que, junto con las de tipo ordinario ya existentes, permitirán a los ciudadanos hacer frente a esta complicado situación. Es el conocido como ‘fondo COVID’, que lógicamente también ha tenido implementación en otras Comunidades Autónomas. Vamos a ver cuáles son los requisitos de estas ayudas en Aragón y cómo pueden solicitarse.
¿Qué requisitos hay que cumplir para ser beneficiario de la ayuda al alquiler?
Quienes deseen obtener esta ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad española, o bien residir legalmente en España.
- Que su renta sea igual o inferior a 600. Existen algunas excepciones: así, en los casos de familia numerosa, el importe puede llegar hasta los 900 euros.
- Estar al corriente del pago del alquiler en los meses de enero, febrero y marzo.
- Presentar un contrato de arrendamiento habitual, demostrando la situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia del COVID-19.
- De forma adicional, existen requisitos para demostrar que no se tienen recursos por otras vías. Por ejemplo, no podrán acceder a la ayuda aquellas personas que sean propietarias o usufructuarias de otra vivienda en España, ni tampoco quienes tengan parentesco de primer o segundo grado de consanguineidad o de afinidad con el arrendatario, o sean socios o partícipes del arrendador.
¿Qué modalidades de ayuda existen?
Encontramos dos tipos distintos de ayudas, encaminados a atender dos situaciones diferentes:
- Por un lado, ayudas para quienes tengan problemas transitorios para atender el pago del alquiler.
- Por otro lado, ayudas para quienes no puedan hacer frente a la devolución de ayudas transitorias de financiación avaladas por el Instituto de Crédito Oficial.
¿Cómo se realiza este trámite?
Estas ayudas tienen un plazo que se extiende desde el 22 de junio al 30 de septiembre de 2020. Para acceder al trámite en cuestión, la Administración ha habilitado el siguiente enlace: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/solicitud-ayudas-minimizar-impacto-economico-social-covid-19-alquileres-vivienda-habitual
Este enlace permite realizar el trámite cómodamente desde casa, es decir, de forma telemática. No obstante, también es posible la realización presencial, por lo que se puede solicitar cita previa por internet y después acudir a una oficina física. Existen una serie de documentos que se deberán presentar pero, además, existen también documentos específicos según si el solicitante es trabajador por cuenta propia o ajena. Recomendamos informarse bien de todos los documentos necesarios para, de esta forma, realizar el trámite de forma más rápida una vez que se empiece con la solicitud.
Una vez presentada la solicitud, el tiempo de resolución es de 3 meses, a contar desde la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes (30 de septiembre).
¿Cuál es el importe de la ayuda?
Las personas que, una vez realizado el trámite, sean declaradas como beneficiarios, tendrán derecho a una ayuda que consistirá en el 100% de la renta de alquiler, si bien, con un importe máximo de 600 euros mensuales, incrementada hasta 900 euros en los supuestos de familias numerosas.
En el caso de las personas que soliciten ayudas transitorias para financiación (otra de las modalidades que existen en estas ayudas), el límite será de 5400 euros, con el límite máximo del préstamo concedido.
Esperamos que esta información haya sido de utilidad. Queremos recordar que en nuestro Despacho de Zaragoza seguimos llevando a cabo con eficacia nuestra labor en Administración de Fincas, así como el correspondiente asesoramiento jurídico en esta materia. Por ello, si necesita realizarnos cualquier consulta, no dude en solicitar una cita y le atenderemos lo antes posible.