Cambio de titularidad por venta de la vivienda: ¿hay que comunicarlo a la Comunidad de vecinos?

Cambio de titularidad en la comunidad de vecinos

Realizar una compraventa de vivienda es una cuestión que lleva aparejadas una serie de obligaciones con respecto a nuestra Comunidad de Vecinos.

En artículos previos ya hicimos referencia al certificado de deudas de la Comunidad, un documento donde se refleja si el transmitente se encuentra la corriente de los pagos respecto a la Comunidad de vecinos donde se encuentra la vivienda en cuestión. 

Este documento es muy importante, ya que según la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 9.1.e), ‘El transmitente deberá aportar en este momento certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente’.

Pues bien, en este caso, queremos centrarnos en el cambio de titularidadque tiene lugar cuando se vende un inmueble. ¿Existe obligación de comunicarlo? De ser así, ¿cuál es el procedimiento a seguir?

Cambio de titularidad de los gastos de comunidad

Debemos tener en cuenta que, según el artículo 9.1.i) de la Ley de Propiedad Horizontal, el propietario de un piso o local en régimen de propiedad horizontal tiene la obligación de ‘Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local (…).’ Por tanto, como vemos, se trata de una obligación legal que no podemos incumplir.

Es habitual que no se le de mucha importancia a esta cuestión, pues se confía en que será el nuevo propietario quien dé aviso del cambio de titularidad. Sin embargo, recomendamos que el vendedor del inmueble comunique previamente la situación, a fin de evitar problemas en el futuro. 

Es por eso que el citado artículo de la Ley de Propiedad Horizontal establece una responsabilidad subsidiara para el transmitente (vendedor) en caso de incumplimiento: ‘Quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquél a repetir sobre éste’.

Como consecuencia de esta responsabilidad, el vendedor responderá de las deudas que contraiga el nuevo propietario. Esto implicaría que la Comunidad podría reclamar directamente al vendedor, sin tener que acudir al nuevo propietario.

Esto no sería de aplicación ‘cuando cualquiera de los órganos de gobierno establecidos en el artículo 13 haya tenido conocimiento del cambio de titularidad de la vivienda o local por cualquier otro medio o por actos concluyentes del nuevo propietario, o bien cuando dicha transmisión resulte notoria’.

En definitiva: como vendedores, debemos comunicar nuestro cambio de titularidad para que después no puedan reclamarlos las posibles deudas contraídas con la Comunidad, como por ejemplo, cuotas impagadas. Para hacer dicha comunicación, la Ley de Propiedad Horizontal no señala ningún método en concreto. Podemos presentar un escrito a la Comunidad, solicitando la fecha y firma del mismo como prueba de haberlo recibido. También es posible enviar un burofax a la Comunidad de Vecinos. Según la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 13, cualquier vecino forma parte de los órganos de Gobierno de la Comunidad y, por tanto, estaría facultado para recibir una comunicación. Sin embargo, en caso de existir un Administrador, lo habitual es que sea éste quien la reciba.

Como Administradores de Fincas, estamos habilitados para realizar este tipo de trámites en caso de transmisión de una vivienda, resolviendo cualquier duda que les pudiera surgir a los interesados. 

Por ello, le recordamos que puede contactar con nuestro Despacho de Zaragoza si desea realizar cualquier consulta, para lo cual solo tendrá que llamarnos por teléfono o visitar nuestra web. Gracias a nuestro años de experiencia en la materia, hemos ayudado a muchos vecinos con la gestión de sus Comunidades.

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