Teniendo en cuenta lo que dispone la Ley de Propiedad Horizontal (artículo 2), normalmente una Comunidad de Propietarios existe ya desde el momento en que se formaliza su título constitutivo. Este título es, en términos sencillos, un documento que suscribe el promotor del edificio y que lo presenta ante Notario, antes de proceder a la venta. En cualquier caso, si por algún motivo se debe constituir una Comunidad de Propietarios, a continuación señalaremos los pasos básicos que deberían darse. Para saber más, le invitamos a seguir leyendo este artículo.

Diligenciar el libro de actas
El libro de Actas, que tiene un papel muy importante en las Comunidades de Propietarios, se puede adquirir en la mayoría de las papelerías. Este libro deberá estar diligenciado, es decir, deberá presentarse en el Registro de la Propiedad para que quede constancia del trámite. Es recomendable que este libro de actas lleve hojas numeradas.
Celebrar una junta de propietarios
Una vez hecho lo anterior, también habrá que celebrar una Junta de propietarios. En ella se leerán los Estatutos que regirán la Comunidad; también es conveniente que se nombre el cargo de Presidente y se asigne al Administrador de Fincas, pues será quien lleve a cabo los trámites de la Constitución de Propietarios. Es buena idea que se recojan los datos de los diferentes propietarios que van a residir en la Comunidad, es decir, nombre, DNI, dirección para notificaciones (si fuera diferente a la del edificio, etc). La Comunidad también debería proceder a abrir la cuenta corriente que va a utilizar, indicando a qué entidad bancaria pertenece.
Redactar el acta, incorporando los acuerdos al libro de actas
Teniendo esto en cuenta se realizará el acta de constitución, la cual deberá estar firmada por el Presidente y, en su caso, por la persona que haya sido nombrada como Secretario. Una vez terminada el acta, se incorporará al citado libro de actas.
Dar de alta de la comunidad en sus obligaciones fiscales y obtener el CIF
Las Comunidades de Propietarios tienen la obligación de obtener el Código de Identificación Fiscal (CIF), que en estos casos empezará por la letra H. Para ello, según la Agencia Tributaria, serán necesarios una serie de documentos:
- Original y fotocopia de la escritura o documento fehaciente del Título Constitutivo de la propiedad horizontal.
- Fotocopia de la primera página del Libro de actas, que previamente deberá haber sido diligenciado en el Registro de la Propiedad.
- Fotocopia del N.I.F. de la persona que firme la declaración censal, que en estos casos deberá ser el Presidente de la Comunidad. En caso de que sea el propio interesado quien comparezca ante la Administración tributaria, no será precisa la aportación de fotocopia del NIF, siempre que autorice a los órganos de la AEAT a efectuar la verificación de sus datos de identidad.
- Original y fotocopia del Acta o del documento donde se recoja el nombramiento del Presidente.
No se preocupe si tiene alguna duda sobre estos documentos, ya que nosotros le ayudaremos a solucionarlo.
Contratar los suministros
Si no están contratados ya, evidentemente habrá que contratar también los oportunos suministros de luz, agua y energía. Es importante en este punto que la Comunidad de Propietarios se informe bien sobre las condiciones y conceptos que incluye la tarifa, para así contratar aquello que realmente se ajuste a sus necesidades. Para hacer esto, conviene conocer cuáles son las necesidades energéticas de la instalación, si existe alguna avería o desperfecto que se deba arreglar previamente, etc. Habiendo realizado estos pasos básico, ya tendremos lo principal para que pueda ponerse en marcha la Comunidad de Propietarios. Queremos recordarle que, como ya hemos comentado, los Administradores de Fincas tenemos como labor realizar este tipo de trámites, por lo que el proceso será más sencillo para los propietarios. Además, si surge alguna duda (tanto antes de crear la Comunidad como una vez creada) estaremos encantados de ayudarle a solucionarla. Nuestro Despacho de Administración de Fincas en Zaragoza cuenta con un equipo cualificado y con mucha experiencia jurídica, por lo que podrán ayudarle con todo lo necesario. Los servicios de nuestra firma son integral y engloban todo lo necesario para una correcta Administración de Fincas: asesoramiento técnico, económico, de gestión, jurídico y de protección de datos. Puede contactar con nosotros por teléfono o a través de internet.