Exoneración de la comunidad de propietarios por los daños ocasionados a locales de un inmueble y condena a un grupo de propietarios

Sentencia del TS de 22 de octubre 2007 QJ 2007/206046

El TS estima el recurEso de casación dirigido contra la sentencia que condenó a la comunidad de propietarios, constituida por varias subcomunidades, por los daños ocasionados a los locales del inmueble del demandante, a causa de un escape procedente de una conducción de agua, en tanto consideró probado que se debieron a una falta de mantenimiento. La Sala se muestra conforme con el voto particular de la sentencia recurrida, entiende que nada impide que se impute la citada responsabilidad a un grupo de propietarios, ya que ésta no se atribuye por razón de la titularidad misma, sino que este dato se utiliza como factor de determinación de los sujetos que, por tener las facultades de control, han de sufrir las consecuencias de un ejercicio negligente o descuidado de tales facultades, como sucede en el caso de autos, sin que la adopción de esta postura más equilibrada y justa sea contraria a lo dispuesto por los estatutos, la LPH ni tampoco es contraria a la jurisprudencia de esta Sala.

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