Desde que comenzó la crisis del COVID-19, son muchas las dudas que han surgido sobre las cuestiones que rodean a nuestro día a día.
Con la llegada de los meses estivales, es lógico que entre dichas dudas se encuentre el hecho de si se podrán usar las piscinas que forman parte de una Comunidad de vecinos y, en caso afirmativo, bajo qué condiciones podrán utilizarse.
Desde nuestra administración de fincas de Zaragoza queremos clarificar esta cuestión, por lo que invitamos a leer el siguiente artículo.
Después de analizar las condiciones higiénico-sanitarias en las que se podría desarrollar el baño, el Ministerio de Sanidad confirmó que las piscinas abrirían en este verano de 2020.
Se establece para ello la normativa aplicable, en concreto a través del
Real Decreto Ley 21/2020 de 09 de junio, publicado por el Gobierno, y ampliada a través de la
Orden de Sanidad 474/2020 de 19 de junio, publicada por la DGA.
Así pues, deberemos aplicar dichas normativas que regulan las condiciones para la reapertura al público de las piscinas recreativas y su uso.
Es importante señalar que, según el Ministro de Sanidad -Salvador Illa-las piscinas comunitarias deben regularse por la misma orden por la que se regulan las piscinas públicas.
Esto implica que las piscinas de Comunidades de vecinos se regirán por las mismas normas que el resto de piscinas municipales, tal como señala la legislación en estos momentos.
Además de esta norma, también seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.
Con la aplicación conjunta de todas ellas, se pretende minimizar la transmisión del coronavirus, ofreciendo así un entorno seguro para los usuarios.
Requisitos para la apertura de piscinas comunitarias
Una vez tenemos claro que las piscinas comunitarias pueden abrir y bajo que legislación se regulan, es momento de ver qué requisitos deben cumplir para poder abrir y permitir el acceso al público.
Aforo
La citada Orden deja claro que el aforo máximo permitido será del 75% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad entre usuarios de 1.5 metros.
En caso contrario se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad.
Dentro del vaso de la piscina, el aforo máximo será de una persona por cada 2m2 de agua.
Además, cuando no se posible mantener dicha distancia, será obligatorio el uso de mascarilla.
El titular de la instalación es responsable de controlar que en todo momento se respetan los límites de aforo.
Horarios y reservas
Además, para poder acceder a la piscina se requerirá la
concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación.
Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.
Protocolos de desinfección y limpieza en las piscinas
En todas las piscinas, se tendrán que cumplir con unos determinados protocolos de limpieza y desinfección.
Diariamente y de forma previa a la apertura de la misma, se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como, vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación.
Asimismo, deberán ventilarse todos los espacios cerrados de uso común, como pudieran ser duchas o vestuarios.
En cuanto al agua de la piscina, se mantendrán unos
niveles mínimos de cloro que garanticen la
inactivación del virus. Se deberá controlar de forma periódica que se mantiene dicho nivel de cloración para que siga ejerciendo su poder desinfectante.
Además, deberá mantenerse el Ph del agua lo más bajo que permita la legislación vigente para potenciar el efecto desinfectante del cloro.
Uso de mascarillas
No será obligatorio utilizar mascarilla
dentro del agua, pero sí en las zonas comunes si no se puede garantizar la distancia de seguridad.
Cartelería
Deberán ubicarse carteles, en un lugar bien visible, donde se indiquen tanto el
aforo máximo de la instalación como las
medidas de seguridad e higiene que deben adoptar todos los usuarios.
Los expertos señalan que el riesgo principal de las piscinas no es el agua, sino el contacto que puedan hacer los usuarios entre sí.
De ahí que se tomen estrictas medidas de seguridad, especialmente en las zonas que se consideran de uso común.
Haciendo un uso responsable de las mismas, podremos disfrutar de nuestro baño con seguridad y tranquilidad.
Esperamos que esta información le haya sido de ayuda para afrontar su vuelta a las piscinas.
No obstante, si usted u otros vecinos tienen dudas sobre el tema, le recordamos que nuestra Administración de Fincas se encuentra disponible para ayudarle a resolverlas.
Solo tiene que llamar por teléfono para explicarnos lo que necesita y nos encargaremos de orientarle adecuadamente.