Responsabilidad de la promotora por las filtraciones en garajes y grietas en la fachada

Sentencia AP Burgos de 10 de junio de 2009 QJ 2009/128862
Contra la resolución parcialmente estimatoria de la instancia, la AP estima el recurso de apelación interpuesto por la comunidad de propietarios, condena a la promotora demandada a reparar los defectos constructivos del edificio. La Sala considera, frente a lo dispuesto por el órgano «a quo», que debe estimarse de aplicación a las acciones de responsabilidad por daños en la edificación la falta de prescripción para los daños consistentes en las filtraciones y humedades en los garajes y trasteros y las grietas y fisuras en las fachadas; pues en el caso de los primeros, se seguirán producido mientras no se arregle el problema de la falta de impermeabilización, y en el segundo, sucederá lo mismo mientras no haya transcurrido el plazo de consolidación del edificio, debiendo declararse la responsabilidad de la demandada, tanto en su calidad de constructora, como de promotora.

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