Viviendas de alquiler turístico: ¿puede prohibirlas la comunidad?

El uso de una vivienda para el alquiler turístico es una actividad en auge desde hace unos años. En algunas ocasiones, surgen conflictos entre los intereses de los propietarios que eligen esta fórmula para sacar rendimiento monetario a su propiedad, y el interés del resto de vecinos de la Comunidad, que temen que se altere la buena convivencia.

 

¿Qué son los pisos turísticos?

Los denominados pisos turísticos son viviendas cuyo destino principal es el del alquiler de corta estancia, para personas que hacen turismo o tienen que residir durante pocos días en la población. Muchos de estos pisos son propiedad de empresas dedicadas a esta actividad, pero, en otras ocasiones, son los propietarios particulares quiénes destinan su vivienda a tal fin.

Las viviendas destinadas al alquiler turístico han de estar debidamente registradas y cumplir con una serie de normativas para que se consideren legales.

Requisitos para ser un piso turístico

Los pisos turísticos, para ser considerados como tal, deben cumplir una serie de requisitos:

  • El inmueble debe ser de uso residencial.
  • La vivienda debe estar completamente equipada, lista para su uso.
  • El periodo de cesión/alquiler a una misma persona debe ser de por un tiempo igual o inferior a un mes. Se trata de un servicio de alojamiento, no una residencia habitual, como podría ser el caso de un alquiler convencional.

Hay supuestos en los que no se puede destinar una vivienda a este uso, por ejemplo:

  • Las destinadas al alquiler por habitaciones. Las viviendas de uso turístico deben alquilarse completas.
  • Cuando no haya cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación.
  • En caso de existir la prohibición expresa en los Estatutos de la comunidad de propietarios.

Además, una persona que quiera usar su vivienda para el alquiler turístico deberá realizar una declaración responsable de viviendas de uso turístico ante la Administración provincial competente en materia de turismo.

¿Puede impedir la comunidad de propietarios que alguna de las viviendas se use para el alquiler turístico?

La existencia de viviendas destinadas al uso turístico en comunidades de vecinos es una cuestión que preocupa a algunos residentes. En muchas ocasiones estas no generan problemas, pero en otros puede ser un foco de molestias por el constante trasiego de personas. Además, se generan otras preocupaciones relacionadas con:

  • La seguridad dentro de la comunidad, al permitir acceso a muchas personas ajenas a la misma.
  • El aumento de los gastos de los servicios de la comunidad (luz, limpieza, zonas comunes etc.)

Por eso, en algunas comunidades se plantea la posibilidad de limitar el uso de las viviendas para uso turístico.

A raíz de la entrar en vigor del Real Decreto-Ley 7/2019 se reconoce para las Comunidades de Propietarios la posibilidad de que puedan acordar que se prohíba el alquiler turístico.

Esta prohibición puede constar en el título constitutivo o los Estatutos de la Comunidad, aunque no es el caso más habitual.

Cuando esta limitación no consta, deberá adoptarse un acuerdo para tal fin. Será necesario que este acuerdo cuenta con el voto de las 3/5 partes del total de los propietarios (y que supongan las 3/5 partes de las cuotas de participación

Hay que tener en cuenta que este acuerdo afectará a los propietarios que, a partir del mismo, quisieran destinar su vivienda para esta actividad de alojamiento turístico, pero no a quiénes lo venían haciendo, ya que no tiene carácter retroactivo.

Será necesario expedir un certificado en el que conste este acuerdo y presentarse en el Registro de la Propiedad para que los futuros adquirientes de una vivienda en la comunidad sean conocedores de esta limitación.

Por supuesto, para alcanzar el acuerdo, será necesario convocar una Junta de propietarios, en las que este figure en la orden al día para su discusión y posterior votación.

Sabemos que esta cuestión puede generar bastante incertidumbre en algunos propietarios. 

Por eso, desde nuestro despacho de administración de fincas de Zaragoza, resolveremos todas las dudas que puedan surgir acerca de esta cuestión y les explicaremos de qué forma puede actuar la Comunidad de Vecinos frente a cualquier circunstancia que se presente relativa a las viviendas de uso turístico.

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